Autorizaciones Turísticas

Autorizaciones turísticas

La Autorización turística es un acto reglado mediante el cual al Organismo autonómico competente en materia de turismo, autoriza la Actividad Turística de alojamiento ejercida por las empresas que presten servicios de hospedaje al público, mediante precio, de forma profesional y habitual, bien sea de modo permanente o temporal con o sin prestación de servicios complementarios, y además concede la clasificación turística, previa comprobación del cumplimiento de las condiciones establecidas por la legislación sectorial aplicable.

En todo caso, la Autorización Turística no exime de la obtención de la correspondiente Licencia urbanística o Declaración Responsable que sea necesario lograr para poder ejecutar las obras que permitan la adecuada implantación de la Actividad turística, y de la posterior Licencia Municipal de Funcionamiento, requisito necesario para el ejercicio de la actividad turística y cuya concesión ha de comunicarse por el titular del establecimiento a la Administración con competencias en materia turística.

Modalidades de Autorizaciones turísticas

Las diferentes modalidades de alojamiento turístico son las siguientes, existiendo diferentes normativas regulatorias para cada modalidad, en las que se definen los requisitos mínimos, las categorías, o la documentación necesaria para la obtención de la Autorización:

  • Establecimientos hoteleros, tales como hoteles, hoteles-apartamentos (apartoteles), hostales, pensiones y casa de huéspedes.
  • Establecimientos de turismo rural, tales como hoteles rurales, casas rurales y apartamentos rurales.
  • Apartamentos y Viviendas de Uso Turístico.
  • Hosterías (hostels).
  • Campamentos de turismo.

Tipos de procedimiento en una autorización turística

El procedimiento de tramitación de estas Autorizaciones es actualmente el de Declaración Responsable de inicio de Actividad, esto es, un documento suscrito por la persona titular de una actividad empresarial o profesional en el que declara, bajo su responsabilidad:

  • Que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
  • Que dispone de la documentación que así lo acredita.
  • Que se compromete a mantener su cumplimiento durante la vigencia de la actividad, y a comunicar al organismo autonómico competente en materia de turismo los ceses de actividad, cambios de denominación o cualquier otra modificación de los datos contenidos en la Declaración inicial.
  • Que cuenta con los preceptivos permisos y licencias exigibles por otras Administraciones y Organismos Públicos.
    Por tanto, la Declaración Responsable debe tramitarse en los siguientes casos:
  • Para la Apertura de nuevos establecimientos turísticos.
  • Para la Modificación, por ampliación, baja o dispensas en Autorizaciones vigentes.
  • Para los Cambios de titularidad de Autorizaciones vigentes.

Documentación y contenido mínimo de una autorización turística

La documentación depende de la modalidad de establecimiento turístico, pero de forma general, la solicitud de Autorización y clasificación turística de los establecimientos hoteleros venir acompañada de la siguiente documentación general:

  • Impreso normalizado de Declaración Responsable de inicio de actividad.
  • Documentación acreditativa de la personalidad jurídica del titular de la explotación, sea éste persona física o jurídica (Escritura de constitución de la Sociedad, CIF de la Sociedad y NIF de su representante).
  • Documento que acredite la disponibilidad del inmueble (Escritura de Compra-Venta, Contrato de Arrendamiento o de cesión con autorización expresa para dedicarlo a la actividad de hospedaje, u otros).

De forma concreta, en el caso de la modalidad de establecimientos hoteleros tales como hoteles, hoteles-apartamentos (apartoteles), hostales, pensiones y casa de huéspedes, debe acompañarse de la siguiente documentación particular:

  • Planos suscritos por técnico competente, de situación, de edificación (alzado y sección), de distribución interior de plantas y de detalle de los diferentes tipos de habitaciones.
  • Relación de habitaciones, con indicación del número que las identifica, superficie, capacidad en plazas y servicios de que están dotadas.
  • Designación del Director del establecimiento.
  • Denominación del establecimiento.
  • Petición motivada de las dispensas que a juicio del solicitante se consideren oportunas, así como la documentación acreditativa de la misma.
  • Cualesquiera otros documentos que apoyen la propuesta de clasificación del establecimiento en el grupo, modalidad y categoría pretendidos.
  • Licencia Municipal de Funcionamiento.

En el caso de los apartamentos turísticos, a la documentación general debe añadirse el Contrato de cesión de la explotación, en su caso, y la Licencia de funcionamiento del edificio de apartamentos turísticos o de una parte homogénea del mismo (uso terciario hospedaje).

En el caso de las viviendas de uso turístico, además de la documentación general, se aporta planos de la vivienda firmados por técnico competente, visados por el colegio profesional correspondiente, así como la Cédula de habitabilidad o Licencia de Primera Ocupación.

Proceso de tramitación de una autorización turística

El proceso de obtención de la Autorización Turística se inicia con la presentación en el organismo autonómico competente en materia de turismo de la documentación general y particular que para cada modalidad debe acompañar al impreso normalizado de Declaración Responsable de inicio de actividad.

Tras la presentación de la solicitud, los servicios técnicos del organismo autonómico competente efectúan la comprobación del contenido de la Declaración Responsable, y efectúan en su caso, la correspondiente visita de inspección que constate el cumplimiento de la Normativa Turística aplicable al sector, la categoría correspondiente, la capacidad máxima del establecimiento, y las dispensas solicitadas.

El proceso de obtención de la Autorización Turística culmina en la Resolución, que contempla en un solo acto la Autorización y la Clasificación turística, así como los requisitos dispensados y el motivo de la dispensa que, en su caso, se hubiesen solicitado.

En todo caso, dicha Resolución se entiende otorgada sin perjuicio de las autorizaciones y licencias preceptivas que deban emitir los diferentes órganos competentes en la materia, con especial referencia a la Licencia Municipal de Funcionamiento.

Una vez otorgada la Autorización, la Administración turística procede a la inscripción del establecimiento en el Registro de Empresas y Entidades Turísticas de la Comunidad autónoma correspondiente.

Vigencia de la Autorización de una autorización turística

Por último, las Autorizaciones turísticas tienen vigencia indefinida en tanto en cuanto no se modifiquen las condiciones contenidas en la Declaración Responsable inicial, y que la normativa sectorial de aplicación con la que haya sido concedida la Autorización no se haya visto modificada sustancialmente.

Si se modifican las condiciones contenidas en la Declaración Responsable inicial se debe comunicar al Organismo autonómico competente como Modificación de la Autorización Turística vigente, que también puede suponer el cambio de titularidad de la misma.

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