La nueva Ley del Suelo que está tramitando la Asamblea de Madrid endurece extraordinariamente  las faltas urbanísticas. A partir de su aprobación, una ampliación ilegal de una terraza, por ejemplo, podrá costar hasta tres millones de euros en función de la gravedad de la infracción. Así, a diferencia de la actual normativa, en la que la sanción monetaria se imponía en función del valor ejecutado, ahora la cantidad será fija desde un mínimo de 1.000 euros y se aplicarán a su vez agravantes y atenuantes.

Hasta ahora existía un control previo de la Administración, que otorgaba una licencia y después el particular ejecutaba la obra. Sin embargo, para adaptarse a la ley europea y estatal al respecto, en la nueva Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid será optativo para el particular dicho control previo o bien hacer una declaración responsable o comunicación previa –como la que se aplica para la apertura de negocios– y después habrá inspecciones por parte de la Administración. Es decir, en lugar de pedir primero el permiso, se confía en el proyecto que presente el propietario antes de la reforma y se vigilará después que la obra cumpla con la legalidad vigente

Junto con las inspecciones, la nueva normativa incluye sanciones fijas cuya determinación tendrá que desarrollarse en un reglamento orgánico de la ley una vez aprobadas, que establece que la multa mínima es de 1.000 euros y la máxima de 3 millones de euros. Otra de las novedades que incluirá la nueva Ley del Suelo es que ahora la Comunidad de Madrid podrá repercutir en el infractor el coste de la tramitación del expediente.

El pasado mes de octubre la presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, presentó el proyecto de Ley de Suelo que sustituye a la anterior normativa que data de 2001 y que ha sufrido 15 modificaciones desde entonces. El objetivo es clarificar y actualizar la normativa urbanística, unificando la legislación dispersa, de modo que responda a las nuevas formas de ver y hacer urbanismo, contemplando las necesidades de los pequeños municipios –a los que se les facilitan las modificaciones del plan general de ordenación urbana, entre otras cuestiones–.

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